ReglamentosPublicación que muestra los derechos y deberes de los integrantes de la Comunidad Universitaria. Si desea estar actualizado con nuestra publicación, subscríbase a nuestro canal de noticias RSS. Régimen de EstudiosCategoría: Normativa Título: C. 9 - Ubicación en los Cursos de Inglés de Pregrado Contenido del Reglamento:
EL CONSEJO DIRECTIVO En uso de la atribución que le confiere el literal c) del artículo 14 del Reglamento General de NORMATIVA PARA UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR Artículo 1-. Los estudiantes de los programas de pregrado de Parágrafo Único: La exención de todos o alguno(s) de los cursos del idioma inglés sólo será posible para las asignaturas que se especifican en el presente artículo, lo cual excluye a las asignaturas del idioma vinculadas directamente con los ejercicios profesionales y técnicos propios de las carreras que ofrece Artículo 2-. El examen de ubicación de inglés será ofrecido a todos los estudiantes inscritos en programas de Ingeniería, Licenciatura o equivalentes y en programas de Técnico Superior Universitario en el momento previsto por el plan de estudios para su ingreso a la primera de las asignaturas de inglés con propósitos generales, y deberá ser administrado a más tardar en la tercera semana del trimestre. Parágrafo Único: Los estudiantes que ingresen por equivalencia en trimestres distintos al período inicial del año académico (septiembre-diciembre) podrán presentar el examen de ubicación, previa solicitud ante el Departamento respectivo. Artículo 3-. Los Departamentos correspondientes diseñarán el examen de acuerdo con las destrezas necesarias para la aprobación de las asignaturas de inglés con propósitos generales, y establecerán los puntos de corte requeridos para el nivel representado por cada una de las mismas. Tales puntos de corte deberán reflejar un rendimiento superior al ochenta y cinco por ciento reglamentariamente necesario para la obtención de la nota máxima en los aspectos evaluados para cada curso. La calificación obtenida por el estudiante en este examen resultará en su ubicación directa en la asignatura que le corresponda, o determinará que el estudiante cumple con los objetivos de todas las asignaturas en cuestión, caso en el cual no cursará ninguna. Parágrafo Primero: Los estudiantes que queden exentos de cursar todas o alguna(s) de las asignaturas del inglés con propósitos generales obtendrán en cada una de ellas, de acuerdo con lo previsto en el presente artículo, la calificación de cinco (5) puntos en la escala oficial de Parágrafo Segundo: Las aprobaciones de asignaturas del idioma inglés obtenidas por vía del examen de ubicación sólo serán acreditadas en el expediente académico del estudiante por la dependencia respectiva de Admisión y Control de Estudios en el momento que corresponda a la entrega de actas de las asignaturas según el cronograma regular de los estudiantes de su cohorte o plan de estudios. En este sentido, la dependencia académica a cargo del examen de ubicación remitirá en fecha acordada con dicha unidad la información relativa a cada caso. Artículo 4-. Los estudiantes que aprueben por esta vía la totalidad de las asignaturas del idioma inglés previstas en su plan de estudios no relacionadas directamente con los contenidos de las carreras profesionales o técnicas podrán optar por cursar asignaturas de otro idioma si el Departamento correspondiente cuenta con una oferta alterna y disponibilidad de cupos. Artículo 5-. Aquellos estudiantes cuyo desempeño en el examen demuestre que no alcanzan el umbral lingüístico necesario para acceder a la primera asignatura del programa serán informados de esta situación por el Departamento correspondiente. Artículo 6-. Las disposiciones de la presente normativa entrarán en vigencia a partir del año lectivo 2005-2006. Artículo 7-. Los casos dudosos o no previstos serán resueltos por el Consejo Directivo. Artículo 8-. Se deroga Dado, firmado y sellado en
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